Instalación de recarga eléctrica en edificios residenciales y comerciales según normativa europea 2024

Recarga de vehículos eléctricos para empresas – Cumple la Normativa

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Enrique Alía

La Normativa Europea 2024/1275 para instalar puntos de recarga en edificios se aprobó el pasado 8 de mayo de 2024 en el Parlamento. Como resultado, entrarán en vigor una serie de normas que buscan impulsar la movilidad eléctrica y la instalación de puntos de recarga. El objetivo de todo esto es lograr que los edificios sean cero emisiones para 2050. Vamos a explicarte todo lo que necesitas saber sobre las obligaciones a la hora de instalar puntos de recarga en tu parking o edificio y que no te pierdas nada. 

Normativa europea de recarga de vehículos eléctricos para empresas: Un impulso a la movilidad eléctrica

La movilidad eléctrica y los puntos de recarga son clave para lograr los objetivos de sostenibilidad en Europa. Parece que las normativas anteriores donde había que instalar 1 cargador por cada 20 o 40 plazas eran insuficientes para alcanzar los objetivos de la agenda 2030. Por lo tanto, la nueva Normativa aumenta estos requisitos, alineándolos mejor con los planes de sostenibilidad europeos.

Instalación de recarga eléctrica en edificios residenciales y comerciales según normativa europea 2024

¿Cuáles son las obligaciones de la Normativa Europea para instalar puntos de recarga en tu empresa?

El artículo 14 de la Normativa europea 2024/1275 es la que regula la instalación de puntos de recarga en edificios. Como resultado, se han introducido cambios muy importantes en los requisitos que tienen que cumplir los parkings de los edificios, tanto residenciales como no residenciales. A continuación te explicamos cuáles son las obligaciones en materia de puntos de recarga: 

 

1. Edificios No Residenciales


1.1) Edificios Nuevos o con Renovaciones Importantes con más de 5 plazas de aparcamiento:

  • Será obligatorio la Instalación de sistemas de conducción de cables para los puntos de recarga en el 100% de las plazas. Es decir, realizar la preinstalación completa del garaje. Esto implica la instalación de una canalización independiente mediante bandejas metálicas por donde posteriormente pasarán los cables de los puntos de carga. Este proceso es fundamental para realizar un despliegue ordenado de los puntos de recarga y evitar las instalaciones uno a uno sin ningún tipo de criterio. 
  • Cableado de los puntos de recarga para al menos el 50% de las plazas.
  • Puntos de recarga: deberá instalarse al menos 1 punto de recarga por cada 5 plazas. En oficinas, 1 punto de recarga por cada 2 plazas.

1.2) Edificios Existentes que tengan más de 20 plazas de aparcamiento (antes del 1 de enero de 2027):

  • Será obligatorio la Instalación de sistemas de conducción de cables para los puntos de recarga en el 50% de las plazas. Es decir, realizar la preinstalación para la mitad de las plazas del garaje. Esto implica la instalación de una canalización independiente mediante bandejas metálicas por donde posteriormente pasarán los cables de los puntos de carga. Este proceso es fundamental para realizar un despliegue ordenado de los puntos de recarga y evitar las instalaciones uno a uno sin ningún tipo de criterio. 
  • Puntos de recarga: al menos 1 punto de recarga por cada 10 plazas. 

2. Edificios Residenciales Nuevos o con Renovaciones Importantes

Edificios con más de 3 plazas de aparcamiento:

  • Será obligatorio la Instalación de sistemas de conducción de cables para los puntos de recarga en el 100% de las plazas. Es decir, realizar la preinstalación completa del garaje. Esto implica la instalación de una canalización independiente mediante bandejas metálicas por donde posteriormente pasarán los cables de los puntos de carga. Este proceso es fundamental para realizar un despliegue ordenado de los puntos de recarga y evitar las instalaciones uno a uno sin ningún tipo de criterio. 
  • Cableado de los puntos de recarga para al menos el 50% de las plazas.
  • Puntos de recarga: al menos un punto de recarga en el parking del edificio. 

En resumen, la normativa europea 2024/1275 para instalar puntos de recarga en edificios, representa un avance significativo respecto a la normativa anterior (RD 450/2022). Ya no solo se hablan de puntos de recarga, si no que también se tienen en cuenta las preinstalaciones y el cableado previo de los mismos. 

¿Qué Constituye una Renovación Importante?

La Normativa Europea para instalar puntos de recarga 2024/1275 también define lo que se considera como una renovación importante. Esto aparece identificado en el punto 22 del artículo 2 como:

  • Renovaciones donde los costes superen el 25% del valor del edificio, excluido el valor del terreno.
  • Renovaciones que abarquen más del 25% de la superficie de la envolvente del edificio.

Los Estados miembros pueden aplicar cualquiera de estos criterios. Es importante que las medidas de renovación incluyan el aparcamiento y la infraestructura eléctrica asociada.

¿Cuándo entran en vigor las obligaciones de la Normativa? 

La Normativa europea y por lo tanto, estas obligaciones relacionadas con la instalación de puntos de recarga en el parking de los edificios, tiene que llegar a cada país miembro antes del 29 de mayo de 2026. Como resultado,  tenemos que estar preparados y realizar una buena planificación. El despliegue de cargadores puede ser algo complejo y por lo tanto, es fundamental gestionarlo con tiempo y de la mano de empresas profesionales. 

Instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en edificio de empresa

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