Cómo afecta el Real Decreto Ley 29/2021 a empresas

¿Afectará el Real Decreto Ley 29/2021 a mi empresa?

Álvaro Prieto

Álvaro Prieto

El Real Decreto Ley 29/2021 entra en vigor el 1 de enero de 2023 con novedades para tu empresa ¡Qué no te pille desprevenido!

La Unión Europea viene pisando fuerte con sus políticas de descarbonización ¡Y toca adaptarse! Ya te hemos comentado que el año que viene la infraestructura de recarga pública recibirá un fuerte impulso gracias al Real Decreto Ley 29/2021, pero ¿sabes ya cómo podría afectar a tu empresa? 

Las políticas e iniciativas para impulsar el uso de energías renovables en la producción energética y de los vehículos eléctricos avanzan a pasos agigantados. Por esa razón, las empresas deberán cumplir una serie de obligaciones a partir del 1 de enero de 2023.

A quién afecta el Real Decreto Ley 29/2021

Afectará a empresas que implican la instalación de puntos de recarga de coches eléctricos en sus aparcamientos, tal y como recoge el Real Decreto 29/2021. El objetivo es adoptar medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables.

Y ojo, que no solo afecta a empresas, sino a todo tipo de edificios que no son de uso residencial privado. Edificios de oficinas, centros deportivos, supermercados, fábricas, hospitales… ¡El aluvión de puntos de recarga en 2023 va a ser tremendo! Vamos a verlo en detalle para que te quede todo claro como el agua.

Cargar tu coche eléctrico en tu empresa es un puntazo
Muchas empresas se van a ver afectadas por el Real Decreto Ley 29/2021 en 2023

¿Afecta a tu empresa el Real Decreto Ley 29/2021?

La respuesta es sí, pero veamos por qué. 

El Real Decreto Ley 29/2021 establece en su artículo 4 que, antes del 1 de enero de 2023, todos los edificios de uso distinto al residencial privado que cuenten con aparcamientos de más de 20 plazas -en el interior o exterior-; así como los aparcamientos públicos con más de 20 plazas, deberán de disponer de puntos de recarga de vehículos eléctricos.

Por lo tanto, estos son los puntos de recarga que debe haber en los aparcamientos de empresas o edificios no residenciales desde el 1 de enero del año que viene:

  • En aparcamientos: todas las empresas deben tener un punto de recarga si el aparcamiento tiene de 20 a 40 plazas. Adicionalmente, debe haber un punto más por cada 40 plazas y un punto de recarga extra por cada 100 si superan las 1.000 plazas de aparcamiento.
  • En empresas de suministro de combustibles y carburantes: aquellas que tengan un volumen de ventas superior a los 10 millones de litros en 2019, tendrán que instalar una infraestructura de recarga de coches eléctricos igual o superior a los 150 kW de potencia en corriente continua. El Real Decreto Ley 29/2021 fija como fecha límite febrero de 2023.
  • En empresas u organismos públicos: tendrán que instalar un punto de recarga por cada 20 plazas de aparcamiento o fracción, hasta 500 plazas. A partir de esa cifra, tendrán que instalar un cargador más por cada 100 plazas adicionales o fracción.
¡Recuerda! A fin de garantizar su conservación, están exentos de esta obligación los edificios protegidos por su valor arquitectónico o histórico.​

¿Vas a instalar varios puntos de recarga? Apuesta por la preinstalación

En función de las dimensiones del aparcamiento de tu empresa, tendrás que llevar a cabo la instalación de uno o más puntos de recarga, y es importante tener en cuenta cuántos van a ser previamente. Piensa que la movilidad eléctrica es el futuro, así que cada vez se venderán más coches eléctricos.

¿Sabías que el Gobierno prevé que para el año 2030 circularán por nuestras carreteras al menos 5 millones de coches eléctricos? Seguramente te estarás preguntando qué queremos decir con esto. Pues básicamente, que quizá sea interesante no limitarse a cumplir el Real Decreto Ley 29/2021, sino mirar más allá.

¿Por qué? Porque si tu intención es instalar varios cargadores para coches eléctricos en tu empresa, te recomendamos que hagas una preinstalación. De esta forma, todos los puntos de recarga, tanto los que instales en el corto plazo como los que vayas sumando posteriormente, estarán ordenados, evitarás problemas de instalación y podrás aprovechar la infraestructura lo mejor posible. Ya que si no se hace una preinstalación puedes quedarte sin espacio físico en tu cuadro de contadores tras instalar varios puntos de recarga.

¡Anticípate al mercado como haces con tu negocio! La preinstalación es la realización de canalizaciones, pasa muros y arquetas para preparar y facilitar la instalación posterior de puntos de recarga. En otras palabras, preparar el terreno para el futuro.

Parking con puntos de recarga para coches eléctricos
Preparar tu parking para la movilidad eléctrica es obligatorio a partir de 2023 según el Real Decreto Ley 29/2021

¿Qué ventajas tiene la preinstalación de un punto de recarga en mi empresa?

1. Inversión a futuro

Lo que inicialmente parece un gasto innecesario, a la larga es una inversión que supondrá un menor coste en la instalación de cada punto de recarga.

Además, recuerda que puedes solicitar la ayuda del Plan MOVES III para realizar la preinstalación de puntos de recarga en tu empresa. 

2.  Recorta tiempos de instalación

Al tener una preinstalación, resultará mucho más sencillo y rápido hacer nuevas instalaciones de puntos de recarga.

3. Revaloriza tus instalaciones

Cada vez es más la población que tiene coches eléctricos, así que el día que quieras vender o alquilar la sede de tu empresa, esta tendrá un mayor valor y atractivo para los potenciales compradores.

4. Apuesta por la sostenibilidad 

Una empresa preparada para el futuro y que cuida el medio ambiente es una empresa responsable.

5. Estarás listo para futuras leyes

El Estado será cada vez más exigente para la transición a la movilidad eléctrica. La infraestructura de recarga irá aumentando con el paso de los años y tu flota de vehículos eléctricos también.

Ahora que ya sabes cuáles serán las obligaciones de tu empresa ¿A qué esperas para ponerte manos a la obra? En CargaTuCoche instalamos los puntos de recarga, preparamos los aparcamientos para que cumplan la normativa de seguridad (ITC) BT 52 y hacemos la legalización de los cargadores ¡Contáctanos!

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